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aaaaa |
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vida
independiente |
Fundamentos
1.
PERSONAS DE PLENO DERECHO:
La persona con discapacidad es una persona de pleno derecho y por lo
tanto debe poder acceder a las mismas oportunidades de desarrollo que
cualquiera otro ciudadano.
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familia |
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laboral |
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ocio |
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formación |
2.
LA DIFERENCIA ES LO QUE CREA LA IGUALDAD:
Las personas desarrollan un cierto nivel de competencia que se consigue
a partir de las aptitudes básicas, la formación recibida
y la experiencia vital. Esto es igual para todos: las competencias en
el ser humano pueden estar más o menos desarrolladas y tener
más o menos posibilidades de desarrollarse lo que implica adaptarse
a la situación de la persona con discapacidad y proporcionarle
los medio para desarrollar su potencia
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apoyo
personal |
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primera
infancia |
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gestión
estratégica |
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3.
EL PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN PARCIAL:
Cuando una persona no es capaz de realizar todas las fases de un proceso
pero puede realizar algunas, siempre es mejor partir de estas y adaptar
el resto que relevarle del proceso, ya que, si lo hacemos participar
aunque solo sea parcialmente, es seguro que no perderá aquello
ya adquirido y se crea la oportunidad de incorporar nuevas habilidades.
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4.
INVERSIÓN EN RR.HH:
El tratamiento que reciben las personas con discapacidad se basa en
una política auténtica de recursos humanos: análisis de puestos,
evaluación, selección, necesidades de formación (instrumental, para la
convivencia), valoración del rendimiento, rotación, planificación de
carreras, etc., adaptado a sus características específicas
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5.
FUNCIONAMIENTO DESDE LA CALIDAD:
Todo el plan se desenrrolla con un objetivo específico, alcanzar
la calidad de vida de la persona con discapacidad a partir de su integración
real en el ámbito laboral y social, para el cual en todos sus
procedimientos y gestiones se tienen como referencia bibliográfica
las normas EFQM, ISO, UNE, EN
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